1. La incorporación a la Prelatura del Opus Dei

Libro escrito por Dominique Le Tourneau sobre la estructura y el espíritu del Opus Dei

De acuerdo con el Derecho canónico, la incorporación jurídica al Opus Dei requiere haber cumplido los 18 años. Esto supone que el interesado conoce bien a lo que se compromete, y por esta razón, tanto en el momento de la admisión, como en el de la oblación y el de la fidelidad, se le pregunta, en presencia de dos testigos, si asume los compromisos con plena libertad.

            Los jóvenes que piensen que tienen vocación al Opus Dei pueden, si así lo desean, ser “aspirantes”, a partir de los catorce años y medio, y profundizar en su espíritu en esa condición de candidatos durante dos años, antes de que eventualmente se les autorice a pedir pro escrito (carta) su admisión en la Prelatura. La condición de aspirante en nada menoscaba la autoridad de sus padres sobre el menor y no comporta ningún compromiso de tipo jurídico, ni otorga la condición de miembro de la Prelatura, ni modifica los plazos y procedimientos para la incorporación a la institución, para la que deberán esperar a tener 18 años cumplidos.

El compromiso con el Opus Dei es de naturaleza radicalmente distinta de los compromisos de los religiosos y de las personas consagradas a través de la profesión de los tres votos de pobreza, castidad y obediencia, ya que la pertenencia a la prelatura no modifica las circunstancias personales de los fieles del Opus Dei: la ausencia total de un “lazo sagrado” hace que todos sigan siendo miembros laicos corrientes de la diócesis a la que pertenecen.

Una vez que una persona adulta haya pedido su admisión en el Opus Dei, debe renovar sus compromisos durante cinco años hasta que puedan llegar a ser definitivos. Se concreta mediante una declaración bilateral que formula con la prelatura en presencia de dos testigos:

a) La prelatura se compromete a proporcionarle una formación doctrinal, espiritual, ascética y apostólica continua, a facilitar la ayuda específica de los sacerdotes de la prelatura, y a cumplir las demás obligaciones derivadas de las normas de la prelatura concernientes a sus fieles.

b) El interesado declara libremente su firme decisión de buscar la santidad con todas sus fuerzas y de hacer apostolado según el espíritu del Opus Dei. Se compromete (hasta la siguiente renovación, o para toda su vida), por una parte, a permanecer bajo la jurisdicción del prelado y de los que le asisten en el gobierno de la prelatura para entregarse al fin propio de ella; y por otra, a cumplir todos los deberes de su condición de fiel del Opus Dei y a observar las normas de la prelatura y las indicaciones de sus directores en materia de gobierno, de espíritu y de apostolado.

La Declaración de la Congregación para los obispos indica que los compromisos personales de los laicos en la prelatura son “ascéticos, de formación y apostólicos”. Es decir, pertenecen a esos ámbitos de autonomía personal que la Iglesia Católica reconoce a todo bautizado adulto, y en los que cada uno puede actuar en uso legítimo de su libertad y su propia responsabilidad.

            En efecto, toda institución necesita de un mínimo de organización y requiere que sus miembros acepten y respeten las disposiciones establecidas para su funcionamiento armonioso. Los fieles del Opus Dei obedecen, igual que los demás ciudadanos, las leyes civiles legítimas, cumplen sus obligaciones familiares (las relaciones paterno-filiales o la conyugales) y las profesionales, secundan las indicaciones de las autoridades eclesiásticas (el Papa y los Obispos). Como fieles de la prelatura, cumplen las obligaciones que han asumido libremente al incorporarse. Pero la obediencia es inseparable de la responsabilidad. Las autoridades del Opus Dei apelan a la responsabilidad de cada uno, invitándoles a asumir sus deberes en conciencia y con libertad; deben abstenerse absolutamente de dar consejos de carácter profesional, social, político, que no son de su competencia. En estos campos del orden temporal, compete a la autoridad eclesiástica dar eventualmente orientaciones generales a los cristianos. A los fieles de la Obra siempre se les urge a vivir con libertad y responsabilidad personales, que excluye cualquier tipo de coacción.

            Por su deseo de fidelidad a la doctrina de la Iglesia y de formar rectamente su conciencia, los miembros de la Obra, igual que ocurre con los demás fieles católicos, piden consejo a quien se lo puede dar. Las normas de la moral cristiana exigen, entre otras cosas, que se guarde un estricto secreto en todo lo relativo a estas materias. Luego, cada uno aplica los criterios doctrinales y morales, con plena libertad y bajo su personal responsabilidad, a los casos concretos que debe afrontar.

El hecho de que la incorporación llegue a ser definitiva no impide la salida de la prelatura. El interesado, si lo estima oportuno, puede solicitar del prelado el cese de sus compromisos. A partir de la notificación de la dispensa, deja de pertenecer a la prelatura y cesan los derechos y obligaciones correspondientes. Nadie permanece en el Opus Dei en contra de su voluntad. Cada uno correspondemos a la gracia, decía San Josemaría, por “la razón más sobrenatural: porque nos da la gana.” (Es Cristo que pasa, 184). Él solía añadir que es preciso golpear con mucha insistencia para que laspuertas se abran, pero que están abiertas de par en par para la salida. Lo que no quiere decir que cada uno no reciba ayuda para su perseverancia por medio de una dirección espiritual apropiada y respetuosa con la libertad personal.