Franco forma gobierno

"La fundación del Opus Dei". Libro escrito por John F. Coverdale, en el que narra la historia del Opus Dei hasta 1943.

Es probable que Franco hubiera preferido esperar al final de la guerra para formar un gobierno convencional, pero, como no se veía claro cuándo llegaría el final, aumentaba la presión para que se normalizara la situación. El 30 de enero de 1938 se promulgó una ley que otorgaba a Franco todos los poderes.

Al día siguiente, Franco nombró sus primeros ministros. El Consejo de Ministros que sustituyó a la junta técnica mantenía un equilibrio de las fuerzas políticas de la España nacional. El nombramiento como vicepresidente del Gobierno y ministro de Asuntos Exteriores del general Gómez Jordana, monárquico moderado y anglófilo, irritó a muchos falangistas. Dos carteras recayeron en generales que habían colaborado con Primo de Rivera, dos en monárquicos, una en un carlista, dos en técnicos sin adscripción política y tres en falangistas, de los que sólo uno era miembro del partido desde antes de la guerra. Las áreas en las que la FET tenía verdadero poder eran las de propaganda y censura.

Desde el principio de la guerra, los líderes militares prometieron reformas populistas y nacionalistas para regular la gran industria y mejorar la suerte de las clases bajas, especialmente de los agricultores. El Gobierno anunció que elaboraría una ley sobre el trabajo. Tras un considerable tira y afloja entre los falangistas y el sector más conservador del régimen de Franco, el 9 de marzo de 1938 se promulgó el Fuero de los Trabajadores.

El documento no fue más que una declaración de principios, que debía desarrollarse e incorporarse más tarde a la legislación. Parecía ser una vía intermedia entre el capitalismo liberal y el colectivismo marxista, en la que se respetaría la propiedad privada y se protegerían los derechos de los trabajadores. El Fuero reconoció sobre el papel una impresionante relación de derechos de los trabajadores: salario mínimo, seguros sociales y de desempleo y limitación de horas de trabajo. No se permitía a los trabajadores constituir sindicatos independientes. El capital y el trabajo estarían organizados dentro de cada sector económico en sindicatos verticales dependientes del estado. Las huelgas y los cierres patronales tenían carácter de crímenes contra la nación; y se contemplaban tribunales específicos para la resolución de conflictos laborales. Durante el último año de la guerra, hubo algunos intentos de crear una organización sindical tanto en el ámbito nacional como provincial, pero no cuajaron.